Senado da dos años más a las empresas para adecuarse al nuevo Código Penal: regirá en noviembre de 2028
SANTO DOMINGO. El Senado de la República aprobó de urgencia, en dos discusiones consecutivas, que las empresas tengan dos años más para adecuarse al régimen de responsabilidad penal del nuevo Código Penal. Los artículos 8, 9, 10 y 11, que establecen ese régimen para las personas jurídicas, entrarían en vigor el 5 de noviembre de 2028, en lugar del 5 de noviembre de 2026, como estaba previsto. La i

SANTO DOMINGO. El Senado de la República aprobó de urgencia, en dos discusiones consecutivas, que las empresas tengan dos años más para adecuarse al régimen de responsabilidad penal del nuevo Código Penal. Los artículos 8, 9, 10 y 11, que establecen ese régimen para las personas jurídicas, entrarían en vigor el 5 de noviembre de 2028, en lugar del 5 de noviembre de 2026, como estaba previsto.
La iniciativa modifica el artículo 31 de la Ley 44-26 y fue presentada por el senador de La Altagracia y presidente de la Comisión de Justicia, Rafael Barón Duluc Rijo (Cholitín), quien presentó un informe favorable y pidió su inclusión en la orden del día de la sesión del miércoles.
El argumento central es dar un período razonable de planificación, formación y verificación, sobre todo para las micro, pequeñas y medianas empresas, las cooperativas, las asociaciones sin fines de lucro y otras organizaciones con capacidades técnicas y económicas limitadas. Durante esos dos años, el Estado deberá promover la capacitación de los operadores del sistema de justicia y facilitar orientación clara a las personas jurídicas.
Ojo con un matiz importante: la prórroga no pospone todo el Código Penal. Solo difiere esos cuatro artículos. Las demás disposiciones del Código continúan vigentes. La pieza pasa ahora a la Cámara de Diputados, por lo que la fecha de 2028 quedará fijada solo cuando complete el trámite legislativo.
En la misma sesión, los senadores también aprobaron de urgencia el proyecto que modifica la Ley 339-22 sobre el uso de medios digitales en el Poder Judicial, para agilizar los servicios con firma digital cualificada, actos jurisdiccionales electrónicos, digitalización de expedientes y audiencias virtuales, que aplicarán en todas las materias excepto la penal.
Fuentes: Senado de la República; Noticias SIN, El Caribe y MiradaRD, 21 de octubre de 2026.
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