Autoridad y protesta en Puerto Rico: el operativo de ICE en Río Piedras y el límite entre documentar e interferir
El caso de Río Piedras plantea el límite entre grabar un operativo y obstaculizarlo.
El operativo de ICE del sábado 24 de octubre en Capetillo, Río Piedras, Puerto Rico, abre un debate que va más allá de quiénes estaban en la calle: ¿dónde termina documentar y dónde empieza interferir con la autoridad?
Los hechos, según El Nuevo Día y Telemundo Puerto Rico, son estos: agentes federales realizaban un operativo de inmigración en la calle Arzuaga con la avenida Barbosa. Dos integrantes de la Colectiva Feminista en Construcción, que participaban en una actividad comunitaria cercana, llegaron a documentar. Un agente les apuntó con gas pimienta y les ordenó alejarse; otro, según la portavoz Shariana Ferrer Núñez, apuntó con un taser a su compañera. El HSI confirmó que era un operativo de inmigración; ICE no respondió a El Nuevo Día al momento de publicar.
La propia nota de El Nuevo Día recuerda el marco legal: grabar en áreas públicas está protegido por la Primera Enmienda y por la Ley para el Derecho a Monitorear, siempre que no se intervenga o interfiera con el trabajo de los agentes. Ese matiz es el centro del caso.
Pertenecer a un grupo, estar de acuerdo o no con un operativo, no autoriza a impedir el trabajo de la autoridad. Documentar desde fuera, sin interferir, es una cosa; colocarse en medio de la escena de un operativo, otra muy distinta. En política y en la calle, el desacuerdo con una operación no convierte en derecho el estorbarla. La crítica se hace con la cámara desde fuera y con la denuncia por las vías que corresponden, no parándose en medio del operativo.
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